Laws and Regulations under TRIPS Art. 63.2 - View details of the document

México
Declaración de Protección de la Denominación de Origen PLUMA
Con la Declaración se otorga la protección de la Denominación de Origen "PLUMA" para proteger el café, en particular los frutos de las plantas de cafeto de la especie Coffea arabica, fundamentalmente de la var. Typica, como variedad original y var. L. Pluma Hidalgo, así como var. Bourbon, var. Mundo Novo, var. Mango Gype, var. Marsellesa, var. Oro Azteca, var. Sarchimor, var. Geisha y var. Java. Las variedades de café "PLUMA" son resultado de la interacción de sus genotipos con el entorno geográfico y el tipo de clima que predomina en el territorio o zona geográfica protegida. La zona geográfica protegida está conformada por 30 municipios del Estado de Oaxaca, incluyendo el municipio Pluma Hidalgo. El café "PLUMA" se caracteriza por tener un agradable bouquet, exquisito sabor, acentuada acidez, excelente aroma y leve de cuerpo, cuyos atributos pueden potenciarse a partir de distintos procesos, incluyendo el tueste.
La Declaración surtirá sus efectos el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial Periférico Sur 3106, Jardines del Pedregal, Ciudad de México. C.P. 01900 Teléfono: 55 5624 0400