Leyes y reglamentos en el marco del párrafo 2 del artículo 63 del Acuerdo sobre los ADPIC - Ver detalles del documento

Costa Rica
Decreto Ejecutivo No. 33697-MINAE. Reglamento para el Acceso a los Elementos y Recursos Genéticos y Bioquímicos de la Biodiversidad en condiciones ex situ
Regula el procedimiento para el acceso a los elementos y recursos genéticos y bioquímicos de la biodiversidad mantenidos en condiciones ex situ de acuerdo con el artículo 69 de la Ley de Biodiversidad, esa norma dispone que todo programa de investigación o bioprospección sobre material genético o bioquímico de la biodiversidad que pretenda realizarse en territorio costarricense, requiere un permiso de acceso. El Reglamento se aplica sobre los elementos y recursos genéticos y bioquímicos de los componentes de la biodiversidad, ya sean silvestres o domesticados, terrestres, marinos, de agua dulce o aéreos, en condiciones ex situ, ubicadas en cualquier parte del territorio nacional. Asimismo, regula la protección del conocimiento tradicional asociado y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados del uso de dichos elementos y recursos y/o del conocimiento tradicional.
Véase también: IP/N/1/CRI/26 (Decreto Ejecutivo No. 31514-MINAE Normas Generales para el Acceso a los Elementos y Recursos Genéticos y Bioquímicos de la Biodiversidad) y IP/N/1/CRI/17 (Ley No. 7788 - Ley de Biodiversidad)
Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad +506 2224-8664 / +506 2253-8416 info@conagebio.go.cr Oficina Nacional de Semillas +506 2223-5922 / +506 2234-6467 info@ofinase.go.cr