Leyes y reglamentos en el marco del párrafo 2 del artículo 63 del Acuerdo sobre los ADPIC - Ver detalles del documento

Chile
Decreto N° 977 Aprueba Reglamento Sanitario de los Alimentos
El Artículo 497 bis prohíbe la indicación de marcas comerciales específicas con respecto a la indicación de fórmulas de inicio o continuidad.